Pensando un poco en lo que tiene que ver con el derecho a preservar una imagen en internet, especialmente por la accesibilidad que este medio representa en cuanto a la publicación y reproducción de imágenes, me pareció importante abordar el tema de los derechos de imagen, para tenerlo en mente y reflexionar a la hora utilizar imágenes en internet.
La siguiente información tomada de www.fundacionctic.org/ aborda este tema:
La exposición online de la actividad empresarial debe ir acompañada de una buena imagen y ser lo más atractiva posible de cara a la clientela y visitantes ya que como todos sabemos una imagen vale más que mil palabras.
Actualmente las empresas disponen de un amplio abanico de posibilidades, en cuanto a herramientas se refiere, a la hora de dar visibilidad y promocionar sus servicios y actividades en internet: páginas web, blogs, catálogos, redes sociales, etc… están afortunadamente cada vez más presentes en el entorno empresarial.
Somos conscientes de que esta exposición online de la actividad empresarial debe ir acompañada y rodearse habitualmente de un completo set de imágenes que resulten lo más atractivas y atrayentes posible de cara a la clientela y visitantes. Como todos sabemos una imagen vale más que mil palabras.
La enorme importancia de querer ofrecer una imagen atractiva y lo más profesional posible, cuando escribimos un post, hacemos una publicación en una red social, etc.., hace que en numerosas ocasiones las empresas recurran al uso indiscriminado de imágenes, casi siempre atractivas y artísticas, que encuentran en internet para convertirlas en parte de su estrategia de presencia y promoción online, sin ser conscientes de las implicaciones legales que este hecho puede acarrear.
Si utilizamos imágenes que circulan por internet debemos asegurarnos que disponemos de la licencia correspondiente, en caso contrario, podríamos llegar a tener problemas por estar utilizando algo que pertenece a otra persona o empresa, ya que la ley de propiedad intelectual otorga al autor una serie derechos de tipo moral, personal y económico de las imágenes que éste genera.
www.fundacionctic.org/
A tener en cuenta
Derechos de autor en internet.
Dos son los Tratados a nivel internacional celebrados en Ginebra por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI):
- El Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT), que se ocupa de la protección de los autores de obras literarias y artísticas, como escritos, programas informáticos, bases de datos originales, obras musicales, obras audiovisuales, obras de arte y fotografías.
- El Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT), que protege ciertos "derechos conexos o afines" como los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes y de los productores de fonogramas.
Ambos tratados han sido ratificados por España (BOE del 18 de junio del 2010).